Nov
4, 2019
Derecho a la intimidad. Grabación del trabajador con cámaras de videovigilancia
La grabación de las trabajadoras a partir de la sospecha de comisión de robos se ajusta a Derecho.
El pasado 17 de octubre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reunido en su Gran Sala, ha revisado su propia sentencia de enero de 2018 dictada en este asunto, y finalmente no considera vulnerado el artículo 8 del Convenio de Derechos Humanos sobre el derecho a la vida privada y familiar porque la instalación de las cámaras que grabaron a las trabajadoras se hizo a partir de una sospecha razonable, siendo una medida proporcionada que solo se utilizó para probar los hurtos en el trabajo.
De momento, la sentencia está disponible en inglés y francés. Dejo enlazada la versión en inglés.