Otra vez el Tribunal Supremo pone las sentencias a pares y publica dos dedicadas al pago por el FGS del 40% de la indemnización por despido objetivo. Ese pago es posible en empresas de menos de veinticinco trabajadores, para extinciones de contratos indefinidos y siempre que el despido no se declare improcedente. Pero había dos preguntas que el TS se encarga de resolver:
La primera es esta: si la empresa no paga el total de la indemnización (porque remite el trabajador al FGS para cobrar el 40%) ¿está cumpliendo con la obligación legal de poner la indemnización a disposición del trabajador de manera efectiva?
Y la segunda: y si el FGS paga el 40% pero aplicando su tope, con lo que el total recibido por el trabajador queda por debajo de lo que le correspondería ¿está cumplido el requisito legal de la puesta a disposición de la indemnización para que el despido sea procedente?
La respuesta a la primera pregunta es que sí, que es correcto pagar al trabajador el 60% de la indemnización y remitirle al FGS para cobrar el 40% restante. PERO la respuesta a la segunda pregunta es NO: si el FGS aplica sus topes de manera que el trabajador cobra, sumando todo, menos de lo que le correspondería, no se entiende cumplido el requisito ni tampoco que haya error excusable de la empresa, por lo que el despido sería improcedente.
Así que ya sabéis… si sois empresa, hay que hacer cuentas con los topes del FGS y si trabajadores, también, porque para demandar por despido hay veinte días y no se puede esperar a que el FGS os conteste con las cuentas hechas y menos dinero del que corresponde…
Las sentencias son de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 27 de marzo de 2013 y de 16 de abril de 2013.