Jun
29, 2015
STS que resuelven sobre despido colectivo y derecho de huelga. A propósito de la sentencia de Coca-cola.
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 20 de abril de 2014 sobre el despido colectivo del grupo de empresa de Coca-Cola, declara la nulidad del mismo por violación del derecho de huelga. Conforme la propia sentencia indica en su fundamento de derecho quinto, el Tribunal Supremo le ha dedicado hasta ahora a esta cuestión únicamente tres sentencias anteriores, que son
a) la de 18 de julio de 2014, recurso 11/2013, Celsa Atlantic, en la que se decide que la medida extintiva de todos los contratos de trabajo de los centros de Vitoria-Gasteiz y Urbina, que supusieron su cierre, constituyó una vulneración de los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical por ser una respuesta directa, una reacción frente a la declaración y decisión colectiva de secundar una huelga indefinida, tras el fracaso de las previas negociaciones tendentes a modificar condiciones de trabajo y amortizar solamente 91 puestos de trabajo en dichos centros, lo que motivó la nulidad del despido colectivo;
b) la de 23 de febrero de 2015, recurso nº 255/2013, Rotoencuadernación y Logística, en la que se declara nulo el despido de la totalidad de la plantilla (46 trabajadores) por aparecer ese despido como represalia directa ante la convocatoria de huelga motivada por la falta de pago de salarios;
c) la de 24 de febrero de 2015, recurso 214/2014, Rotoencuadernación y Logística, con nulidad del despido por las mismas razones.