Hoy quiero dar las gracias a Happydonia, que el pasado miércoles 6 de octubre me dio la oportunidad de participar en el webinar organizado por ellos con el apoyo de la Cámara de Comercio de Madrid, sobre Claves para crear un Plan de Igualdad Accesible y Legal.
Junto con Mª Carmen Lacuesta, People Manager de Happydonia, pude hablar de algunas cuestiones legales importantes para el éxito del plan de igualdad y de conocer la aplicación creada por ellos, que destaca por su gran utilidad para facilitar la gestión de la negociación, implantación, control y seguimiento de los planes de igualdad.
Plazos para registrar el plan de igualdad
Me parece importante recordaros que los planes de igualdad de las empresas que tengan más de 50 personas trabajadoras se deben presentar para su registro antes del 7 de marzo de 2022;y que incumplir la normativa relativa a los planes y medidas de igualdad es una infracción laboral grave.
La negociación exitosa y el registro de un plan de igualdad (obligación que hay que cumplir en plazo), son tareas complejas que, además, exigen la realización de otros trabajos previos que comparten ese carácter complejo, por ejemplo, la recogida de datos para el análisis de salarios y la valoración de puestos de trabajo. Por ello, estamos en los últimos momentos para realizar el plan a tiempo.
Plan de igualdad en empresas con más de 50 trabajadores
A estas exigencias hay que añadir que las empresas de más de 50 trabajadores sin representación legal de las personas trabajadoras o con varios centros de trabajo en los no haya RLT, se encuentran con la dificultad añadida de tener que convocar a los sindicatos para constituir la comisión negociadora, y que estos no siempre responden.
También hay que tener presente que el control de la Inspección de Trabajo en esta materia no se limita a verificar que está realizado y registrado el plan en la Dirección General de Trabajo, sino que puede producirse durante toda su vida, es decir, en las fases de implantación y seguimiento, hasta llegar a su plazo máximo de duración (4 años) en que tendrá que ser renovado.
Por todo ello, nuestro consejo desde Mencía & Asociados Abogados es que os pongáis en manos expertas a la hora de cumplir con esta obligación legal.