El 5 de junio pasado subí un comentario relativo a la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de mayo de 2014 sobre discriminación salarial en el que llamaba la atención sobre el hecho de que el procedimiento se hubiera inicado de oficio sin que hubiera promovido la demanda ningún trabajador o sindicato.
Me escribe Obdulia Suárez San Juan para decirme que en año 2010 era la presidenta del comité de empresa por UGT y que se dirigió directamente a la empresa ante la inactividad del comité, así como que informó a la inspección de trabajo de la situación de las trabajadoras que habían denunciado individualmente, facilitando la tarea de la inspección para que pudiera interponer la demanda.
Aclarado queda.