Feb
4, 2015
El arbitraje. Corte Nacional de Arbitraje Civil, Mercantil y Marítimo (www.anjar.es)
Desde el pasado mes de octubre de 2014 soy árbitro de la Corte Nacional de Arbitraje Civil, Mercantil y Marítimo ANJAR, que os animo a conocer: www.anjar.es.
Las ventajas del arbitraje:
– Es un instrumento legal. La Ley ampara el arbitraje como instrumento sustitutivo de la Justicia Ordinaria.
– Es rápido. La propia Ley de Arbitraje fija el plazo de 6 meses para la emisión del laudo. ANJAR utiliza de media un tercio de este plazo.
– Es eficaz. La disponibilidad de especialistas en cualquier disciplina junto al alto grado de formación de los árbitros, hace que cada caso sea entendido a la perfección, por lo que la emisión del laudo siempre estará a la altura de lo que se demanda. En cada procedimiento arbitral intervienen un árbitro, al menos, y un secretario, debiendo ser uno de ellos jurista, y el otro especialista en la materia que se trate.
– Es económico. Al no ser preceptiva la intervención de abogado, ni de procurador, y tener una tasas de administración y honorarios de los árbitros en función de la cuantía del litigio, los gastos son bastantes más económicos que los que se emplean en la justicia ordinaria.
– Es inmediatamente ejecutivo. El laudo produce efecto de cosa juzgada, es decir, tiene naturaleza de resolución arbitral firme.
Si queréis más información sobre la cláusula arbitral para poder someter los conflictos a arbitraje en nuestra corte, posibilidades de redacción de la cláusula para elegir entre jurisdicción y arbitraje cuando surja el conflicto, o cualquier otra cuestión, me podéis consultar con toda tranquilidad.