Y como prueba de ello, he aquí las normas aprobadas desde finales de julio hasta la fecha (agostidad incluida), con contenido laboral o de seguridad social.
FINALES DE JULIO
Liquidación e ingreso de cuotas a la Seguridad Social.
Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, por el que se modifican diversos reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social para la aplicación y desarrollo de la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, y de otras disposiciones legales. BOE del 25 de julio. (Enlace a la norma aquí)
Mecanismo de segunda oportunidad. Nuevas bonificaciones a la contratación indefinida y para conciliación vp/vf de trabajadores autónomos.
Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de seguna oportunidad. BOE DE 29 DE JULIO DE 2015.
Aunque afecta fundamentalmente al concurso de acreedores, también establece otras medidas en el ámbito social orientadas a la fomentar la contratación indefinida y el empleo autónomo. (Enlace a la norma, aquí)
Impedimento de pago de prestaciones de muerte y supervivencia al homicida del causante.
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. BOE DE 29 DE JULIO DE 2015. (Enlace a la norma, aquí).
Modifica el Estatuto de los Trabajadores (la letra f) del apartado 3 del artículo 37); se introduce un nuevo apartado 4 ter en el artículo 2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo para establecer una bonificación mensual de la cuota empresarial a la SS por la contratación de persnas víctimas de trata y se modifica la LGSS introduciento los artículos
179 ter: regula el impedimento para ser beneficiario de las prestaciones de muerte y supervivencia a quien fuera condenado por sentencia firme por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, cuando la víctima fuera el sujeto causante de la prestación.
179 quáter: Suspensión cautelar del abono de las prestaciones de muerte y supervivencia, cuando recaiga resolución judicial de la que se deriven indicios racionales de que el sujeto investigado es responsable de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, si la víctima fuera el sujeto causante de la prestación,
179 quinquies: Incremento de las pensiones de orfandad y en favor de familiares. Cuando, a tenor de lo establecido en el artículo 179 ter, el condenado por sentencia firme por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas no pudiese adquirir la condición de beneficiario de la pensión de viudedad, o la hubiese perdido, los hijos del mismo que sean titulares de la pensión de orfandad causada por la víctima del delito tendrán derecho al incremento previsto regla
179 sexies: en el caso de que los hijos de quien fuera condenado por sentencia firme por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, en los términos señalados en el artículo 179 ter, siendo menores de edad o personas con capacidad judicialmente modificada, fueran beneficiarios de pensión de orfandad causada por la víctima, dicha pensión no le será abonable a la persona condenada.
AGOSTO
Desarrollo del reglamento de las empresas de trabajo temporal.
Orden ESS/1680/2015, de 28 de julio, por la que se desarrolla el Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de las empresas de trabajo temporal. BOE DE 8 DE AGOSTO DE 2015. (Enlace a la norma, aquí).
Plan de empleo para 2015.
Resolución de 29 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Empleo por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de julio de 2015, por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2015, según lo establecido en el artículo 4 ter de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. BOE DE 11 DE AGOSTO DE 2015. (Enlace a la norma, aquí).
Prórroga de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
Resolución de 30 de julio de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se prorroga la vigencia de la Resolución de 1 de agosto de 2013, modificada por la de 30 de julio de 2014, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero. BOE del 14 de agosto. (Enlace a la norma, aquí).
SEPTIEMBRE
Formación Profesional para el Empleo.
Ley 30/2015, de 9 de septiembre por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. BOE DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. (Enlace a la norma, aquí).
Regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral introduciendo importantes modificaciones en cuanto a los sujetos habilitados para impartir la formación.
Economía Social.
Ley 31/2015, de 9 de Septiembre por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social. BOE DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. (Enlace a la norma, aquí).
Modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
¡Y todavía queda un trimestre!
jnavidadc
Sep 21, 2015 at 4:12 pm
Reblogueó esto en jnavidadc.
ARANCHA BEZANILLA ECHEVERRIA
Oct 28, 2015 at 8:00 pm
Hola Elena,
soy profesora de derecho del trabajo y la Seguridad Social y no puedo estar más de acuerdo contigo,
como dice un abogado senior del País Vasco, hemos pasado del derecho solido al liquido, y en nuestra materia más, temo cada consejo de ministros, algún día acabaremos de estudiar y estaremos al día ?
Elena del Hoyo
Oct 29, 2015 at 7:19 pm
Hola, Arancha: ya no me imagino ese día. Nunca fue muy estable el derecho laboral, pero las cotas de los últimos años son para registrarlas. Esta nuestra se ha convertido en una actividad de riesgo claramente. Un abrazo