May
14, 2018
FÚTBOL FEMENINO ESPAÑOL: FALTA DE CONVENIO COLECTIVO
Aunque sin resultados tan brillantes en competiciones internacionales como los demás deportes por equipos femeninos, el fútbol femenino español está pasando de ser un completo desconocido a ocupar cada vez con más frecuencia páginas en la prensa deportiva.
La liga femenina se creó en el año 1988 y aunque ha llovido desde entonces, es una actividad que sigue estando prácticamente desregulada desde el punto de vista laboral, por extraño que pueda parecer.
¿Qué relación tienen las jugadoras de fútbol con sus equipos? Dos opciones se plantean a priori: o están contratadas con un contrato laboral por un equipo o son profesionales que alquilan sus servicios a cambio de un precio, poniendo ellas los medios necesarios (el equipo, las botas, los fisios…) y organizando su jornada a su conveniencia, pudiendo incluso prestar servicios a más de un equipo a la vez.
Las jugadoras de fútbol, como los jugadores, están sujetas a la regulación contenida en el RD 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales (que como se puede ver por su fecha es de cuando no había casi deporte femenino y menos de equipo) y, subsidiariamente, la del Estatuto de los Trabajadores.
Es decir, que ellas, como los jugadores, están sujetas al ámbito rector, organizativo y disciplinario del club que las contrata, que lo hace, además, con un fortísimo interés personal, es decir, la famosa nota laboral del intuitu personae. Efectivamente, Iniesta no puede jugar con otro club ni mandar a jugar a un segundo en su lugar un domingo que le coincida con una celebración familiar, por ejemplo. Tiene que salir él, esto se ve fácil. Pero, además, los jugadores de La Liga se rigen por el Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional que está publicado en el BOE de 8 de diciembre de 2015 (lo enlazo aquí).
Ese convenio, como todos los convenios, regula las condiciones mínimas de la prestación de servicios como futbolista: entre otros, la jornada de trabajo, la asistencia a los partidos, entrenamientos y, cómo no, salario.
Bueno, pues resulta que las jugadoras de fútbol femenino no tienen convenio colectivo.
Eso que has leído, sí, que no hay ninguna norma que establezca con detalle la jornada, el horario (cuándo y cómo tienen que asistir a los partidos, a los entrenamientos, a las concentraciones), los descansos, las vacaciones, o cuál es el salario por debajo del cual no pueden pagar los clubes a sus trabajadoras futbolistas. Así que cada una de ellas tiene que negociar sus condiciones con cada club partiendo desde cero (porque el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, que ya he dicho que está bastante obsoleto, no aportan mucho). No será este el único motivo, pero desde luego es uno muy importante y con incidencia directa en la dificultad que tienen para poder vivir solo del fútbol, que tienen que compatibilizar con otros trabajos. Así es infinitamente más difícil progresar en tu carrera profesional.
En el caso del fútbol femenino, los clubes no forman parten de una asociación que los represente como patronal. Por parte de las trabajadoras, entiendo que podrían afiliarse a alguna de las existentes, pero por lo que sé, el nivel de asociación entre ellas también es muy bajo. Es decir, que no hay interlocutores en cada lado que puedan sentarse a negociar una norma de carácter colectivo.
Sin embargo, esta ausencia no afecta solo al bolsillo de las futbolistas. No se trata solo de una cuestión de dinero y de llamar a que vengan patrocinadores, puesto que la falta de convenio deja en el aire cuestiones relativas a derechos laborales tan importantes como los relativos a la propia entrada y fin del trabajo (forma de contratación, período de prueba, duración de los contratos, cuándo y cómo se acaban), cambios de club durante la vida del contrato (cesiones), o la incapacidad temporal (ausencia de mejoras asistenciales sobre los mínimos de seguridad social), por ejemplo. Las jugadoras dependen ahora mismo de la seriedad que quieran tener los clubes, porque cada club puede aplicar las políticas laborales que quiera, cuando quiera y como quiera. Y puede cambiarlas cuando le parezca, también.
La disparidad de situaciones entre las jugadoras que esto crea es evidente. Por eso esta es una tarea que habrá que abordar cuanto antes para que todas las jugadoras cuenten en el mercado laboral con las mismas reglas del juego.