Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios.
¿Por qué te puede interesar?
Porque modifica el modelo de nómina en el que figura tu salario. Si eres gestoría y te dedicas a hacer nóminas, te interesa todavía más.
¿Por qué se modifica?
Porque en el modelo actual no figura la parte de cotización a la seguridad social que corresponde al empresario y conforme a la ley, sí debería figurar.
El artículo 104.2 de la Ley General de la Seguridad Social determina que el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.2, la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador, en los términos que reglamentariamente se determinen.
Hasta ahora, en los recibos de salarios de los trabajadores únicamente constaban la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la determinación de la aportación del empresario. En consecuencia, se procede a la modificación del anexo de la Orden ministerial de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios.
¿Qué aspecto tendrá la nómina a partir de ahora?
Va a ser muy parecido (aquí te dejo el enlace para que lo veas) pero, sin explicación alguna, ha desaparecido el apartado en el que se ponía la antigüedad del trabajador.
¿Desde cuándo tengo que recibir (o hacer) la nómina en el modelo nuevo?
La orden da un plazo de seis meses, desde su entrada en vigor (el 12 de noviembre de 2014), a las empresas para irse adaptando.