DIEZ TIPS PARA FACILITARTE LA PRUEBA DE LA RELACIÓN LABORAL EN EL JUICIO.

En el mes de diciembre de 2014, a raíz de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 4 de diciembre, recurso C-413/2013, le dediqué mi primer post a la cuestión de los falsos autónomos.

En marzo de 2018 enlacé dos sentencias del Tribunal Supremo sobre la condición de trabajadores por cuenta ajena de los instaladores de la empresa ZARDOYA OTIS y me refería a la cuestión de la que quiero hablar hoy, que es la dificultad de estos pleitos en cuanto a la prueba.

Las sentencias eran estas: STS 24/1/2018 REC.3595/2015 y STS 24/1/2018 REC. 3394/2015.

El conflicto, que no deja de suceder en nuestra realidad, ha cobrado actualidad con la irrupción de las plataformas de la mal llamada “economía colaborativa”. A lo largo de 2018 y 2019 me ocupé de la evolución de la cuestión respecto de los repartidores de Glovo en los juzgados y ante la inspección de Trabajo (los post están aquí, aquí, aquí), sobre los que se dictaron sentencias contradictorias de las que di cuenta en la entrada del 5 de junio de 2019.

El Tribunal Supremo unificó la doctrina por sentencia del Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en su Sentencia de 23 de septiembre de 2020, recurso nº: 4746/2019, de la que hablé en el post del 30 de septiembre de 2020.

Aunque las plataformas como Deliveroo y Glovo se han llevado toda la repercusión, no son las únicas empresas que recurren a la figura del falso autónomo para “aligerar” sus obligaciones laborales y con la Seguridad Social.

¿Qué tengo que hacer si estoy en una situación de falso autónomo? ¿Y si me despiden?

En el caso de que seas falso autónomo y te digan que resuelven tu contrato (falso contrato) mercantil, tienes que saber que puedes discutirlo y reclamar en un juzgado para que se reconozca que tu situación era la de contratado laboral, para que se reconozca tu antigüedad desde la fecha en que empezaste a prestar servicios para la empresa, tu salario, una indemnización por despido y los demás derechos que te corresponden como trabajador por cuenta ajena.

Voy a demandar mi despido

Eso sí, como se considera un pleito de despido tienes SOLAMENTE VEINTE DÍAS para ir al SMAC y demandar desde la fecha del despido.

En previsión de una futura demanda, deberás armarte de prueba para acreditar la situación de laboralidad mientras estés trabajando, porque una vez que estés fuera de la empresa, te será mucho más difícil, si no directamente imposible, obtenerla. Te doy unos tips para que tengas en cuenta:

Que documentación necesito para demandar

  1. Guarda los correos electrónicos que te mande la empresa sobre las vacaciones, los horarios, días festivos, si te han dado un puente o si has pedido permiso para llevar al niño al médico, etc;
  2. Guarda los fichajes, si los había, o cualquier control horario que hayas tenido;
  3. Por supuesto, guarda las facturas. Mejor si son todos los meses por la misma cantidad;
  4. Guarda los correos electrónicos que te mande la empresa relativos a lo que vas a cobrar por el trabajo (que se vea que el precio no lo fijas tú);
  5. Guarda cualquier documento que acredite que trabajabas en la sede de la empresa: un correo a un cliente para una reunión, por ejemplo;
  6. Lo mismo para demostrar que para hacer el trabajo usabas sus propios equipos o herramientas, como en el caso de los instaladores de ascensor de Zardoya Otis;
  7. Guarda los wasaps, sms, que contengan instrucciones de trabajo y procura que te las den por escrito siempre que puedas;
  8. No tengas miedo de grabar conversaciones.Ya sé que no es a lo que nos dedicamos las personas normalmente, pero estás luchando por tu subsistencia personal. Valen como prueba siempre que no hayas grabado también a terceros ajenos a tu jefe y tú;
  9. Guarda cualquier papel de la empresa firmado por ti (albaranes, facturas);
  10. Estos tips son solo unas cuantas ideas, pero cada caso es diferente.
    El mejor consejo que te puedo dar es que consultes con un buen abogado DURANTE la relación con la empresa y llámale DESPUÉS, cuando tengas la prueba preparada y hayas decidido que es el momento, o cuando no te quede más remedio que luchar por tus derechos.

Y si todavía quieres saber algo más porque estás en una situación parecida puedes contactarme, y veremos si puedes estar en un caso de falso autónomo.

Elena del Hoyo Lavado es abogada especializada en Derecho Laboral y de la Seguridad Social.

Más artículos

Ir al contenido